Código ético de actuación

Para preservar la unidad de criterio de actuación, dentro de la diversidad que siempre respetamos y que nos define desde nuestros orígenes, asumimos estos mínimos principios que todos cumpliremos y que exigimos a aquellos que quieran adherirse a nuestra línea de actuación y a la propia Confederación Asperger España (CONFAE):

  1. Nos pronunciamos por la enseñanza pública y de calidad para todos. Defendemos que, en cualquier caso, la escuela concertada y privada se someta a las Leyes de Educación sobre todo en lo referente a la obligatoriedad de cumplir los criterios de admisión universales en sus centros, la no segregación por necesidades educativas especiales y el cumplimiento de las leyes de inclusión educativa y discapacidad de los organismos internacionales.

  2. Apostamos por una sanidad pública y gratuita para todos. El derecho a un diagnóstico gratuito para el usuario/a, por escrito y bien formulado, conforme a los estándares clínicos exigidos para los TEA; el establecimiento de protocolos específicos e iguales en todo el estado español; el seguimiento de por vida de las personas que presentan síndrome de Asperger y otros TEA para que tengan siempre un médico o una unidad de referencia, sin que puedan ser dados de alta a no ser de forma voluntaria.

  3. El derecho a la asistencia por la Seguridad Social de las personas con síndrome de Asperger y otros TEA.

  4. Nos regimos por las recomendaciones de la Guía de Buenas Prácticas en Intervención en los TEA del GETEA. Por tanto, no aprobamos ni recomendamos intervenciones no basadas en la evidencia científica, ni en teorías no demostradas de forma fehaciente por la comunidad científica internacional, ni en paradigmas teóricos cuyas actuaciones vayan en contra de las recomendaciones de salud pública (no vacunación, metales pesados, quelaciones, dietas, hierbas, enzimas, lentes, etc.).

  5. No aceptamos en la confederación asociaciones no formadas ni dirigidas íntegramente por padres/familiares y/o por personas con síndrome de Asperger y otros TEA de alto nivel de funcionamiento. Ningún profesional por el hecho de serlo puede tener derecho a voto en los estatutos de las asociaciones/entidades miembros.

  6. Las asociaciones autonómicas, provinciales y locales, así como cualquier otra entidad federada en Asperger España deberán intentar organizarse orgánicamente entre ellas, según queda establecido en los estatutos de la propia Confederación Asperger España (CONFAE). Podrá haber excepciones por causa de insularidad u otros motivos que serán puntualmente valorados por la Asamblea General de la confederación.                                                                                                                                                                                                         
  7. Nos manifestaremos activos en la defensa de los derechos de las personas con síndrome de Asperger y otros TEA y en la denuncia de los fraudes en diagnóstico e intervención sustentados por grupos con intereses económicos específicos en este ámbito (laboratorios farmaceúticos, venta de medicamentos, enzimas y complementos dietéticos o vitamínicos propiciados por ciertas teorías no-científicas). 

  8. Somos partidarios de la intervención integral, gratuita y de calidad desde la Sanidad Pública. Sin embargo, en los casos en que se considere que el sistema institucional de salud no cumpla con estos requisitos, apoyamos que las asociaciones los provean, aunque siempre con la recomendación de que sea a través de la contratación directa de personal propio dependiente de las mismas, evitando la derivación a “gabinetes colaboradores” como norma general, aunque exceptuando los estados tempranos y transitorios en las asociaciones de reciente creación.